SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN AMBIENTAL

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 ¿Qué es el SINIA?

 

Los datos e informaciones comprenden la descripción de diferentes sucesos que ocurren en la vida real, lo cuales son interrelacionados para generar conocimiento, que a su vez deben ser aptos para mejorar la gestión del día a día de la sociedad. Claramente La Declaración Universal de los Derechos Humanos en 1948 a través del artículo 19 señala: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causas de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”. {Play}

 

La Constitución Nacional de la República de Panamá establece principios claves relacionados con el derecho que tiene toda persona para acceder y solicitar información de interés colectivo, con el fin de obtener respuesta, siempre y cuando exista una disposición escrita y por mandato de la Ley. La Información Ambiental constituye uno de los nueve instrumentos de gestión ambiental, la cual incide en el proceso de toma de decisiones de los diferentes sectores sociales y económicos del país, los cuales deben alcanzar un desarrollo sostenible y sustentable de los recursos naturales. {Play}

 

A través de la Ley N° 41 de 1998 - General de Ambiente de la República de Panamá, en su artículo 45, se crea el Sistema Nacional de Información Ambiental (SINIA), el cual es enfatizado en la Ley N° 8 de 2015 – Que crea el Ministerio de Ambiente, en su artículo 28; cuyos objetivos se enmarcan en recopilar, sistematizar y distribuir información ambiental del Estado, entre los organismos y dependencias, públicos y privados, de forma idónea, veraz y oportuna, sobre las materias que conforma el ámbito del Sistema. {Play}

 

El SINIA establece una estrecha comunicación con el Comité Técnico Interinstitucional de Estadísticas Ambientales (COTEA), donde se destacan como ejes transversales de transparencia en todos los sectores, enmarcado en la Ley N° 6, donde “Todo ciudadano tiene derecho a solicitar información de acceso público”; además los nodos de transparencia son fortalecidos con el Acuerdo de Escazú el cual busca “Garantizar la implementación plena y efectiva en América Latina y el Caribe de los derechos de acceso a la información ambiental, participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y acceso a la justicia en asuntos ambientales”. La gestión ambiental pública, debe ser mejorada progresivamente con miras a descentralizar y fortalecer tanto cualitativa y cuantitativamente procesos, rendiciones de cuentas y mejoras en los trámites con el fin de garantizar un Buen Gobierno Administrador de los Recursos Naturales, que permitan el cumplimiento de las diferentes metas establecidas en los Objetivos de Desarrollo Sostenible. {Play}