Breve descripción, según su norma orgánica:
La Resolución JD-029 de 2008 (Gaceta Oficial No. 26055 de 5 de junio de 2008), Establece el Manual de Organización Institucional y Funciones de la AMP, dispone como objetivos principales de la AMP (Punto IV.):
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Administrar, promover, regular, proyectar y ejecutar, las políticas, estrategias, normas legales y reglamentarias, planes y programas que están relacionados, de manera directa, indirecta o conexa, con el funcionamiento y desarrollo del sector marítimo.
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Coordinar sus actividades con la Autoridad del Canal de Panamá, el Ministerio de Economía y Finanzas, el Instituto Panameño de Turismo, la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM) y con cualquier otra Institución y Autoridad vinculada al Sector Marítimo, existente o que se establezca en el futuro, para promover el desarrollo socio económico del país.
• Fungir como la autoridad marítima suprema de la República de Panamá, para ejercer los derechos y dar cumplimiento a las responsabilidades del Estado Panameño, dentro del marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, 1982 y demás leyes y reglamentaciones.
Sus funciones específicas en materia ambiental, indicando el fundamento de derecho:
Entre las funciones de la AMP, tenemos:
- Coordinar, con el Ministerio de Ambiente de Panamá, el cumplimiento de lo establecido en la “Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar”, así como lo determinado en la legislación nacional, con respecto a los espacios protegidos marinos costeros que están bajo su responsabilidad.
Convenio entre la Autoridad Marítima de Panamá y la Autoridad Nacional del Ambiente para la Ejecución del Programa Ambiental Nacional, 27 de diciembre de 2000, “Por medio del cual entre una de las funciones de la AMP en la Cláusula Novena, la AMP se compromete a establecer o fortalecer dentro de su Institución, una Unidad Ambiental Sectorial a Nivel del Despacho Superior, con la jerarquía administrativa necesaria, como órgano de consulta, análisis y coordinación intersectorial para la evaluación de los estudios de impacto ambiental, apoyando la toma de decisiones que garanticen el cumplimiento de los objetivos y principios de la gestión ambiental en la República de Panamá.
La Unidad Ambiental Sectorial tendrá como una de sus funciones la de: Elaborar planes de contingencia que sirvan para mitigar y prevenir cualquier evento que ponga en peligro el medio ambiente marítimo en general. Tiene entre sus funciones:
- Introducir la variable de la gestión ambiental en la concepción y operación de los proyectos y políticas de la Autoridad Marítima de Panamá en materia de protección y conservación del espacio marítimo.
- Cooperar en la elaboración y ejecución de un programa de educación ambiental formal y no formal en coordinación con otras instituciones relacionada con el tema.
- Servir de consejera técnica de la Junta Directiva, del Administrador y demás Direcciones, Departamentos y Unidades que así lo requieran, en el tema ambiental.
- Representar a la Autoridad Marítima de Panamá ante organismos y entidades nacionales e internacionales en temas ambientales.
- Orientar y capacitar al personal de la institución y sus respectivas dependencias en conceptos y elementos de protección del medio ambiente marítimo en general, para determinar aspectos de su protección ecológica, al igual que definiciones básicas sobre el manejo, conservación y protección ambiental del espacio de competencia de la Autoridad Marítima.
Resolución JD-029 de 2008 (Gaceta No. Oficial 26055 de 5 de junio de 2008), Establece el Manual de Organización Institucional y Funciones de la AMP, dispone:
Como uno de los objetivos principales de la AMP, está la de Coordinar sus actividades con la Autoridad del Canal de Panamá, el Ministerio de Economía y Finanzas, el Instituto Panameño de Turismo, el Ministerio de Ambiente y con cualquier otra Institución y Autoridad vinculada al Sector Marítimo, existente o que se establezca en el futuro, para promover el desarrollo socio económico del país.